Cómo se paga Licencia de Maternidad en Colombia

En algunos países latinoamericanos se cancelan pólizas sanitarias y medicas, en Colombia existen las Entidades Promotoras de Salud EPS que son entidades dedicadas a brindar el apoyo y protección en materia de salud a sus afiliados.

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¿Qué es la Licencia de Maternidad en Colombia?

Es un descanso remunerado de 18 semanas que la ley ha conferido a la mujer poseedora de un hijo, siendo remunerada con el sueldo que devengue al entrar a disfrutar del descanso, todo indicado por la Ley 1468 de 2011. Si la mujer no tiene un salario fijo, se tiene en cuenta el salario promedio devengado en el último año de servicios. O en todo el tiempo, si fuere menor.

¿Sabes cuales son los requisitos para tener derecho a la licencia de maternidad?

Cada EPS exige una serie de requisitos para poder reconocer y pagar la licencia, en caso de no cumplirse estos requisitos, el empleador debe en todo caso cancelar la licencia ya que el contrato de trabajo no se suspende por una licencia de maternidad y la trabajadora seguirá teniendo derecho al salario pactado.

Para que la EPS reconozca y pague la licencia de maternidad, se requiere cumplir una serie de requisitos.

Estos requisitos están contemplados en el decreto único 780 de 2016, que fija las condiciones en que la EPS reconoce la licencia de maternidad.

Los requisitos que se deben cumplir son básicamente 3:

  • Ser afiliada como cotizante.
  • Haber cotizado durante el periodo de gestación.
  • Estar al día en el pago de las cotizaciones.

¿Cuál es la base mínima para liquidar la licencia de maternidad?

La Entidad Promotora de Salud reconoce la licencia de maternidad sobre el ingreso que se haya cotizado, y este, por ley, no puede ser inferior a un salario mínimo, de manera que la EPS no podrá pagar menos de un salario mínimo por concepto de licencia de maternidad.

Cuando es el empleador quien debe pagar la licencia de maternidad, este pagará la licencia de acuerdo al salario que tenga el empleado de manera que cuando esta tenga un salario inferior al mínimo como en el caso de trabajar medio tiempo, entonces ese será el que deba pagar el empleador.

¿Cuántos tipos de Licencia de Maternidad existen?

Actualmente existen tres tipos de licencia de maternidad en Colombia, ellas son:

  • Licencia de maternidad preparto: Esta licencia se otorga dos semanas antes del parto de acuerdo a la fecha que estipule el médico, si el parto sucede antes de los previsto, las 18 semanas empezarán a contar desde la hospitalización de la madre, siempre y cuando este no se considere como un parto prematuro.
  • Licencia de maternidad posparto: Si la trabajadora sale dos semanas antes del parto la licencia posparto será de 16 semanas, es decir, la licencia posparto será el excedente para completar las 18 semanas de licencia, entonces si la trabajadora sale 1 semana de preparto, el posparto será de 17 semanas y así sucesivamente.
  • Licencia de paternidad: Cuando se presente el parto, el compañero o esposo de la trabajadora tendrá derecho a ocho días hábiles de descanso remunerado por concepto de licencia de paternidad. Tenga en cuenta que esta licencia es incompatible con la licencia de calamidad doméstica y en caso que se aplique a esta por el nacimiento de un hijo esos días van a ser descontados de la licencia.

¿Si la beneficiaria de la Licencia de Maternidad posee un contrato a termino fijo, que sucedería?

El Código Sustantivo del Trabajo indica que el embarazo no es causal justificada para evitar la renovación de un contrato a término fijo si la trabajadora se encuentra en estado de lactancia o de maternidad. En este sentido si la trabajadora ha cumplido con sus obligaciones y aún siguen vigentes las causas por las que se le contrató se debe garantizar su renovación por el mismo término que se pactó inicialmente.

En aquellos casos en los que se cuente con un salario fijo, o sea aquellas actividades en las que se paga por destajo o por tarea, se tendrá en cuenta el promedio obtenido en el último año de servicios o en todo el tiempo en caso que sea menor a un año.

Preguntas Frecuentes

¿Quién asume el pago de la licencia de maternidad?

La EPS en la que se encuentre afiliada la trabajadora tendrá esta responsabilidad. Esto siempre en los casos en los que se acredite el cumplimiento de cada uno de los requisitos que son establecidos por la ley; en su defecto va a ser asumida por el empleador al no encontrarse al día con los respectivos pagos a la salud, siguiendo las mismas condiciones en las que lo habría hecho el sistema.

¿Cuánto dinero debe recibir la madre?

La remuneración será la misma que se encontraba recibiendo antes de salir a gozar de la licencia, y en los mismos periodos de pago, bajo ninguna circunstancia podrá recibir menos dinero.

¿Es posible despedir a una trabajadora en caso de embarazo?

El Código Sustantivo del Trabajo es claro al establecer una protección especial ante la maternidad, razón por la que se encuentra prohibido despedir a la trabajadora por concepto de embarazo o de lactancia.

Anexamos a continuación el registro de nacimientos en Colombia.

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De esta manera, tanto las licencias de maternidad como las de paternidad tienen que ser concedidas de manera obligatoria por los empleadores, siendo estas remuneradas de carácter legal e irrenunciable y cuyo pago se encuentra a cargo del sistema de seguridad social.

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